Reunificación Familiar en Dinamarca

SEGUNDA PARTE

REQUISITOS

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¿Quieres solicitar una reunificación familiar en Dinamarca?

¿Deseas tener la visita de tus seres queridos en el país escandinavo?

Puedes leer la primera parte sobre Reunificación Familiar en el ESTE ENLACE.

Muchas personas desean un permiso de residencia danés para sus familiares, sea pareja, hijos o padres que procedan del extranjero y que no sean a su vez nacionales de un (otro) país de la UE.

Por eso es pertinente solicitar la reagrupación familiar si su familia, etc., es ciudadano de un país no perteneciente a la UE.

REQUISITOS PARA OBTENER LA REUNIFICACIÓN FAMILIAR EN DINAMARCA

Los requisitos básicos que te piden para obtener la reunificación familiar son:

1. El requisito de la vivienda

2. La condición de residente

3. Regla de los 24 años

4. Seguridad financiera

Si no cumples estos requisitos todavía puedes aplicar pero debes informar a las autoridades.

Ahora profundizaremos en lo que significa cada uno de los puntos, para poder solicitar la reunificación familiar en Dinamarca: 

1. El requisito de vivienda

Expone que se debe disponer de una vivienda de tamaño razonable con capacidad para al menos dos personas, debe haber al menos una sala de estar por cada dos ocupantes y la vivienda debe tener al menos 20 metros cuadrados por ocupante.

No es obligatorio ser propietario de la vivienda, pero se debe presentar un contrato válido de alquiler de vivienda o una escritura a su nombre.

Un nuevo requisito añadido a la condición de vivienda en 2018 es que no debe estar en un gueto.

Por norma debe haber una habitación para cada persona.

Si vives con tus padres, debes tener otra entrada independiente a la vivienda.

2. Situación de residencia

Ejemplo de Certificado de Residencia EU obtenido en Dinamarca

 

 La persona que resida de forma permanente en Dinamarca debe cumplir uno de los siguientes requisitos:

  1. La persona debe tener ciudadanía danesa o el  pasaporte danés.
  2. Tener la ciudadanía en uno de los otros países nórdicos.
  3. Tener un permiso de residencia temporal que se concede  previa solicitud a un extranjero amparado por la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 28 de julio de 1951.
  4. Haber sido titular de un permiso de residencia Europeo en Dinamarca,  durante más de los 3 años anteriores. 
  5. Haber sido titular de un permiso de residencia permanente en Dinamarca durante al menos 3 años.

 

 

 

3. La regla de los 24 años:

El extranjero que desee obtener la reagrupación familiar con su cónyuge o pareja de Dinamarca debe tener al menos 24 años.

Es condición absoluta para ambas partes tener al menos 24 años. La edad más temprana a la que se puede solicitar la reagrupación familiar es 23 ½ años.

Esto significa que se puede solicitar  a los  23 ½ años, pero no se le concederá el permiso de residencia hasta que tenga 24 años. La razón de que exista esta norma es que los políticos quieren evitar los matrimonios forzados o arreglados.

 

 

4. Garantía económica:   

El residente debe aportar una garantía económica de 50.000 DKK (aproximadamente unos 6700 euros)  para cubrir cualquier gasto público futuro del extranjero, incluidas las prestaciones económicas.

También debe depositar  50.000 DKK en una cuenta bancaria, tras lo cual debe enviar un documento bancario al Departamento de Inmigración.

El dinero permanece en la cuenta hasta 5 años, y la cantidad puede reducirse a tan solo 10.000 DKK si la persona traída supera las pruebas de idioma danés y participa activamente en la sociedad danesa. (familiesammenføring, n.d.).

 

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¿Reunificación familiar por las leyes europeas?

Primeramente debes saber que la reagrupación familiar conforme a las normas de la UE/EEE puede aplicarse en todos los países de la UE/EEE, así como en Suiza, esto incluye solo a su familia inmediata la cual consta de:  su Cónyuge o pareja registrada, su pareja permanente (al menos 18 meses de convivencia en una residencia común), su hijos menores de 21 años, así como otros familiares que dependan de usted para subsistir.

En Europa existe la norma de libre circulación. Estas le otorgan, los siguientes derechos:

DERECHO DE ENTRADA

Como ciudadano de la Unión, tiene derecho incondicional a entrar en otros países de la UE o el EEE, a menos que suponga una amenaza para la seguridad pública, la salud pública o el orden público. Sin embargo, su familiar cercano que no sea ciudadano de la Unión debe cumplir una de las siguientes condiciones:

  • estar exento de visado
  • tener un visado válido
  • tener un permiso o tarjeta de residencia que le exima de la obligación normal de visado

Si se traslada a otro país de la UE mientras su familiar está en Dinamarca cumpliendo una de las condiciones anteriores, el familiar puede viajar con usted.

Un visado Schengen no le da derecho a entrar en algunos países que aún no son miembros Schengen. Por lo cual debe verificar y asegurarse antes de viajar.

Una vez que haya entrado legalmente, tiene derecho a permanecer en el otro país de la Unión hasta 3 meses, sin más requisitos. Durante este periodo, no tiene derecho a recibir prestaciones sociales en ese país.

Si ya vives en otro país de la unión europea, tu familiar debe solicitar un visado, según las normas específicas de la UE. (ægteskabudengraenser, n.d.).

Espero haberle brindado información valiosa

¡Suerte!

Fuentes:

Familiesammenførong.(n.d.). Recuperado el 8 de Marzo del 2023 de: https://xn--familiesammenfring-t4b.dk/betingelser-for-familiesammenfoering/

Ægteskabudengraenser. (n.d.). Recuperado el 8 de Marzo del 2023 de:
Familiesammenføring efter EU-reglerne — Ægteskab Uden Grænser

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